Se incluyó el tereré o mate frío al Código Alimentario Argentino, como también la yerba mate elaborada con palo con bajo contenido de polvo, otorgándose a las empresas 180 días de plazo para adecuarse a la medida. La resolución en tal sentido fue publicada en el Boletín Oficial.
La resolución conjunta de la Secretaría de Políticas, Regulación e Institutos y la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca, publicada hoy en el Boletín Oficial, incluye los productos "Yerba mate elaborada con palo con bajo contenido de polvo" y "Yerba mate elaborada con palo para tereré". Leer más
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